En este post pretendo recopilar las impresiones y conclusiones de los textos sobre los derechos de autor de la actividad 11

En el primer link recomendado se plantea de una forma original el problema de los derechos de autor haciendonos, quizá de forma un tanto extrema pero con el fin de reflexionar sobre como sería el futuro si permitiesemos que los gobiernos, organizaciones y empresas controlarán la información de la que disponen los usuarios, demonizando el libre acceso a la cultura (En el lugar del relato han desaparecido las bibliotecas).

En el articulo del segun enlace se exponen las ventajas de la revolución digital, permitiendo entre otras cosas la separación de la cultura del soporte, la tendencia a la desaparición de las empresas distribuidoras y por ello la recuperación de la compensación a los autores hasta ahora en manos de los distribuidores entre otros. Todo esto sin olvidar que es justo y necesario que se remunere al autor, quedando completamente descartada

En el tercer enlace el autor narra la evolución de los derechos de autor a lo largo de la historia criticando los métodos actuales para el control de la piratería como el DRM (el cual supone quebraderos de cabeza para los compradores) y también a todos aquellos que afirman que con cada nuevo invento se destruye la creatividad porque como se ha demostrado a lo largo de la historia eso es falso. Propone como solución la utilización de licencias Creative Commons



Para entender mejor la utilización, historia y tipos de licencias Creative Commons (CC) disponemos de esta presentación y de este articulo
Este tipo de licencias surgieron con el fin de facilitar la publicación de obras en internet a los autores y la localización y acceso a obras ajenas a los usuarios. Cada licencia cuenta con tres niveles de lectura, la lecutra humana, la judirica y la tecnológica.

El creador de la obra elige una licencia, las cuales están formadas por la combinación de 4 condiciones que generan un total de 6 licencias distintas.

Los autores afirman que las licencias CC son el futuro sin embargo reconocen que este tipo de licencias necesitan mas tiempo para asentarse

David Bravo, en uno de los capitulos de copia este libro explica los argumentos que exponen las empresas, colectivos, juristas para demonizar el P2P, por ejemplo estos dicen que con las redes P2P se realiza un acto de distribución ilegal cuando esto es falso ya que para que se produzca distribución debe existir un formato físico, otro argumento es que se produce comunicación pública cuando en las redes P2P establecen las conexiones entre dos personas, es decir no hay público.



El capitulo termina con una buena campaña de desinfromación, un anuncio que se ha proyectado en cines que dice:

"No robarías un bolso. No robarías un coche. No robarías un televisor. No robarías una película. El robo en internet queda registrado. El robo es ilegal. La piratería es un delito. Ahora la ley actúa"

Os dejo una parodia de la campaña antipirateria (video de la serie IT Crowd)

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También he visitado las páginas de la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) y de CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) con el fin de informarnos sobre otros tipos de licencias.La SGAE es una entidad de gestión dedicada a la defensa y gestión de los derechos de propiedad intelectual de creadores y editores musicales. Su misión fundamental es la protección y reparto de la remuneración de los autores por la utilización de sus obras. Aquí podemos encontrar información sobre sus tarifas y licencias .
CEDRO es una asociación sin ánimo de lucro de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras musicales que representan y defienden los intereses de autores y editores, facilitando y promoviendo el uso legal de sus obras. Aquí se explica en que consisten sus licencias

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Navegando por Internet habia leido sobre la neutralidad de la red, sin embargo nunca profundice más por lo que no sabía a que se referian exactamente. Con este artículo me ha quedado bastante claro. Actualmente no existe una base legal que garantice los cuatro principios de neutralidad de la red:

1. Acceder libremente a todos los contenidos (lícitos) de Internet;
2. Ejecutar las aplicaciones y servicios de su elección en la Red;
3. Conectar a Internet los dispositivos (no dañinos) que deseen y
4. Beneficiarse de la libre competencia entre los proveedores de la Red.



Por lo que un proveedor de Internet podría bloquear ciertos servicios o páginas web por sus propios intereses impidiendo de esta forma navegar libremente por la red a los usuarios .

En Europa se están tomando medidas para garantizar la neutralidad de la red, pero es necesario que se adopten lo más rapidamente posible

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En esta página podemos ver una aplicación muy explicativa de como funciona el protocolo de bittorrent (protocolo diseñado para el intercambio de archivos de igual a igual (peer to peer o P2P)) Pulsando S añadimos semillas (Usuarios que poseen el archivo completo) y con P añadimos Peers (Usuarios que no tienen el archivo completo y que lo estan descargando de las semillas y de otros Peers)

En mi opinión es un protocolo que funciona bastante bien, la unica pega es que los torrent (fichero que contiene la dirección de un "servidor de búsqueda", el cual se encarga de localizar posibles fuentes con el fichero o parte de él) generalmente en poco tiempo se quedan sin semillas. Como cliente para descargar torrents uso utorrent

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